Estimados clientes compartimos la información de la Embajada de España para viajar a ese país :
Restricciones de entrada en España y zona Schengen
Actualizado el 30 de diciembre 2020
La normativa de entrada en España se encuentra recogida en la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Como consecuencia, se restringe con carácter general la entrada a España, la UE y países asociados a Schengen a quienes no sean ciudadanos de la UE o de los países asociados, sus familiares, los residentes en tales países y los titulares de visado de larga duración. A continuación se recogen respuestas a algunas preguntas frecuentes:
¿QUIÉNES PUEDEN VIAJAR A ESPAÑA?
De momento está restringida con carácter general la entrada en España de residentes en El Salvador. Únicamente pueden viajar a España las categorías que se indican a continuación:
Soy salvadoreño, ¿puedo viajar como turista a España?No, de momento no es posible viajar a España para nacionales de terceros Estados. Únicamente podrán viajar los indicados en la pregunta anterior. Estoy entre las personas autorizadas a viajar, ¿necesito prueba PCR negativa al viajar de El Salvador a España?De momento no es necesario realizar prueba PCR pues El Salvador no está entre los países del Anexo II de la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España. Esta lista se actualiza periódicamente en este enlace: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.htm No obstante, sí es necesario cumplimentar este formulario en las 48 horas previas a su vuelo. Si va a realizar tránsito estrictamente aeroportuario (sin salir de la zona internacional del aeropuerto) no necesita rellenar el formulario. ¿PUEDO HACER TRÁNSITO POR ESPAÑA? Depende:
SOY PAREJA DE HECHO NO REGISTRADA DE CIUDADANO DELA UE, ¿PUEDO VIAJAR? Sí, es posible viajar siempre que se acredite que existe un vínculo estable y duradero y que el viaje se realiza conjuntamente con la pareja o para encontrarse con ella. En el caso de las parejas de ciudadanos españoles o de ciudadanos UE residentes en España, se ruega remitan pruebas de la relación (pruebas de convivencia, de viajes conjuntos, invitaciones a eventos familiares, pruebas de descendencia común, etc.) a emb.sansalvador.info@maec.es a efectos de valorar el caso y, si todo es correcto, emitir un certificado de apoyo. Para el resto de nacionalidades se recomienda contactar con su Embajada para El Salvador para que emitan un certificado en el mismo sentido. Este certificado habrá de indicar claramente que el país de destino final considera que la pareja de hecho es familiar del ciudadano y por tanto no le afectan las restricciones al ingreso en el país.